La ley de interés preferencial surge como medio para motivar y facilitar la adquisición de propiedad en Panamá. La misma beneficia a compradores con una tasa menor de interés en comparación con las tasas del mercado hipotecario por un valor mínimo 35,000 hasta 120,000 dólares.
El proyecto de ley por medio del cual se modifica el segundo tramo de intereses preferenciales para préstamos hipotecarios de viviendas por un monto de valor registrado de US$40.000 a US$80.000, fue aprobado en primer debate en la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional de Diputados de Panamá.
Según información publicada por el sitio web Agencia de Noticias de Panamá, esta ley, permitirá cobrar un 4% de interés preferencial sobre los préstamos hipotecarios, también busca incentivar la construcción de viviendas y mantener la dinámica de inversiones e infraestructuras requeridas para aliviar y mantener los recursos económicos de una mayoría de la población económicamente activa.
Actualmente el primer rango de interés preferencial en Panamá es de US$ 0 a US$40.000 donde el Estado cubre la tasa de interés de los préstamos hipotecarios al 100%, el segundo tramo es de US$40.000 a US$65.000, y el tercer tramo es de US$65.000 a US$120.000.
Lo que se hizo con este proyecto de ley fue modificar el tramo medio para brindarle mayor acceso y mayor oportunidad a la población para a acceder a los intereses preferencial, hasta un 4% que honraría el Gobierno.
Se estima que el 88% de todo lo que se vende en vivienda en Panamá está dentro del interés preferencial, por lo que esta ley, desde 1985, ha estado marcando donde se mueve el segmento del mercado, por lo que es importante que siempre se esté pendiente de cómo ir regularizando esta norma.
La modificación de la Ley 3 de 1985 establece un régimen de interés preferencial en ciertos préstamos hipotecarios.
La mayor parte de los incentivos se dedican para las viviendas de interés social (subsidiadas en su totalidad por el Estado), sin embargo ese no es el segmento que más le atrae a la gente.
Por otra parte con los precios de los materiales para la la construcción incrementando a los desarrolladores de proyectos les resulta muy difícil construir y mantener un negocio rentable en ese rango de precios.
Actualmente, el tramo preferencial de viviendas entre los $40,000 y $80,000 no puede exceder el 4% de interés, y el tramo de $80,001 a $120,000 no se puede sobrepasar del 2% de interés.
¿Cómo funciona esta ley de interés preferencial en Panamá?
“El deudor paga una tasa en función de una clasificación de los rangos de los precios de las viviendas de 0 a 40,000 dólares, de 40,001 a 80,000 dólares, y de 80,001 y 120,000 dólares, y estas pueden oscilar entre 2.25% y 4.25%-5%%, según el rango de valor de la vivienda.
En el caso del rango de viviendas entre 40,000 y 80,000 dólares, el Estado subsidia actualmente 4% de interés preferencial. Si una persona desea comprar una vivienda que esté dentro de este rango de precios y la tasa en el mercado es de 5%, el cliente solo pagará 1%. Para las viviendas de 80,001 a 120,000 dólares el subsidio es del 2% de interés preferencial. Si la tasa hipotecaria fuese de 5% en el mercado, el Estado subsidia 2% y el cliente paga 3%.
Los bancos y el gobierno son los encargados de realizar este trámite. El plazo es de 15 años, por lo que la hipoteca no puede ser menor a este plazo. Transcurrido este tiempo el subsidio cae, por lo que es importante tener en cuenta que el precio que pagamos por nuestra vivienda aumentará luego de 15 años.
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